Pagaré: mitos, realidades y recomendaciones.
Si vas a dar plazo a tu deudor(es) para el pago, seguro te has preguntado cuál es la forma más práctica de dejarlo por escrito.
A continuación te platicamos acerca del pagaré y por qué ahora más que nunca es una de las mejores herramientas para eso.
¿Qué es un pagaré? Es un documento en el que una persona reconoce que debe incondicionalmente a otra una cantidad de dinero y se indica el cuándo y dónde se la pagará.
¿Qué significa incondicionalmente? Que no existe condición para el pago del adeudo.
No se le debía entregar algo a cambio por el monto del pagaré, o su pago estaba sujeto a la calidad de los productos recibidos o a cualquier otra situación.
Esto lo hace atractivo. No está está en duda si ese adeudo existe o no. Lo que permite reclamar el pago en un Juicio Ejecutivo Mercantil; más rápido y en el que se embargan bienes desde el inicio.
¿El que me firmen un pagaré garantiza que me pagarán?
Un pagaré no es garantía de pago. Si tu deudor no tiene bienes de dónde cobrarle, te quedarás con una sentencia para enmarcar.
Pero sí es garantía de poder reclamar su pago en un Juicio Ejecutivo Mercantil. Que no sólo son trámites más rápidos y con embargos desde el inicio, sino además un alto porcentaje de ellos se resuelve en negociación antes del fin del juicio.
Si quieres aumentar las probabilidades de cobrar el pagaré puedes incluir Avales. Los Avales son personas que se comprometen también al pago en los términos del pagaré y deben firmarlo. Si te incumplen con el pago tu decides si demandas al deudor principal, al Aval(es), o todos.
¿Cómo me aseguro de que mi pagaré vale? Estos son los 7 requisitos que deben indicarse en un documento para ser pagaré:
1. La palabra pagaré.
2. Que es una promesa incondicional de pago
3. La cantidad a pagarse.
4. Nombre del acreedor.
5. Cuándo y dónde se pagará.
6. Cuándo y dónde se firma.
7. Nombre y firma del deudor y del Aval(es) si habrá.
Importante confirmar que tu pagaré contiene todos los requisitos. Aunque la falta de algunos de ellos no lleva a la anulación del pagaré, eso puede dificultar su cobro[1] o al menos dar pie al deudor a argumentos que sólo alargarán el juicio.
¿Qué pasa si firmé un pagaré y ya cubrí el adeudo? Una vez que lo pagues pídelo de vuelta pues que esté en manos de alguien más presume que no lo has pagado. Si haces pagos parciales, pide que se apunten al reverso del pagaré, es poco probable que de otro modo sea reconocido ese pago si llegas a juicio.